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El
26 de julio de 2005 el Presidente de Ucrania ha firmado el
Decreto No. 1131/2005 sobre la aplicación a partir
del 1 de septiembre de 2005 para los ciudadanos de los estados
miembros de la Unión Europea, la Confederación
Suiza y Principado de Liechtenstein del régimen de
entrada a Ucrania o tránsito por su territorio nacional
sin visados si el período de estancia en Ucrania no
supera a 90 días.
La decisión del Presidente del Estado Ucraniano es
la aplicación práctica de las aspiraciones de
Ucrania relacionadas con su integración en Europa y
tiene por el objetivo la promoción de Ucrania en su
calidad de un estado europeo democrático, que demuestra
su lealtad al principio europeo de contribuir al desplazamiento
libre de personas, mercancías, servicios y capital,
favorecer el desarrollo del turismo.
Este
régimen se refiere a todos los tipos de visados, salvo
el visado migratorio, de estudios y trabajo o al período
de estancia en Ucrania que supera a 90 días.
Para
viajar a Ucrania hasta 90 días de estancia hay que
llevar siempre consigo solo el pasaporte.
Consulado General de Ucrania en Barcelona
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